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mayo  18, 2024

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El decomiso sin condena en casos de corrupción

Por Francisco E. Alessandrini


“A fines de crear herramientas más eficaces para el recupero de activos provenientes de hechos de corrupción, resulta imperativo modificar el paradigma tradicional propiciado por el decomiso penal (como pena accesoria de la principal) y legislar nuevos instrumentos en consonancia con las tendencias internacionales. En efecto, tal como lo sostiene JORGE, “uno de los debates mas relevantes, por las consecuencias prácticas que se derivan de él, es el relativo a si el decomiso del producto del delito debe necesariamente ser regulado como una sanción penal (in personam) o si es admisible regularlo como una acción real (in rem), que opere exclusivamente en relación con el origen de los bienes, con independencia de la acción penal” –el resaltado no es del original-.”

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Términos mencionados en esta doctrina: decomiso, garantías, corrupción, recupero, provenientes, tradicional, accesoria, principal, necesariamente, regulado.

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